Avisos, políticas y declaraciones

  • Aviso de consideración/Ley Federal de Reclamaciones por Agravios

    Cornell Scott-Hill Health Corporation es un centro de salud con certificación federal que, junto con sus empleados, directores y ciertos contratistas, está considerado por la Oficina de Atención Primaria de Salud del Departamento de Salud y Servicios Humanos de EE. UU. como empleado federal a efectos de reclamaciones por negligencia médica. Consulte el Aviso de Consideración del Año Fiscal 2026 en este enlace. El único recurso para una persona que tenga una demanda por mala praxis médica contra el centro de salud y/o sus empleados, directores y contratistas es presentar una demanda administrativa bajo la Ley Federal de Demandas por Agravios ante el Departamento de Salud y Servicios Humanos de los EE. UU. en la siguiente dirección: Departamento de Salud y Servicios Humanos de los EE. UU. Oficina del Asesor General División de Derecho General Rama de Demandas y Derecho Laboral 330 C Street, SW Atención: CLAIMS Switzer Building, Suite 2600 Washington, DC, 20201 Teléfono: 202-691-2369 Fax: 202-619-2922 Correo electrónico: HHS-FTCA-Claims@hhs.gov Referencia estatutaria: Sección 224 de la Ley del Servicio de Salud Pública (42 USC § 233(g)-(n))

  • Acreditación y certificación de la Comisión Conjunta

    El Centro de Salud Cornell Scott-Hill se dedica a brindar atención de la más alta calidad, por lo que nuestros programas y centros están acreditados por The Joint Commission. The Joint Commission acredita y certifica a casi 21,000 organizaciones y programas de atención médica en todo Estados Unidos. La acreditación y certificación de The Joint Commission es ampliamente reconocida como un símbolo de calidad, lo que refleja el compromiso de una organización con el cumplimiento de estándares de desempeño específicos. Si tiene inquietudes sobre la seguridad del paciente, la calidad de la atención o el entorno de atención en CS-HHC, le recomendamos que se comunique con uno de los Defensores del Paciente de CS-HHC. Puede hablar con un Defensor del Paciente en persona en 400 Columbus Avenue o 150 Sargent Drive en New Haven, o llamando al (203) 503-3211. Si un Defensor del Paciente no puede atender sus inquietudes, puede comunicarse con la Oficina de Calidad y Atención al Paciente de The Joint Commission. Puede informar cualquier inquietud o queja con respecto a una organización de atención médica acreditada por la Joint Commission por escrito a: The Joint Commission Office of Quality and Patient Care One Renaissance Boulevard Oakbrook Terrace, Illinois 60181 O enviando un evento o inquietud en línea a https://apps.jointcommission.org/QMSinternet/IncidentEntry.aspx o llamando al (800) 944-6610.

  • Prácticas de privacidad

    Nuestras Políticas de Privacidad están disponibles en los enlaces a continuación. Para más información, llame al 203-503-3000. Aviso de Prácticas de Privacidad: Inglés | Español

  • Estimación de buena fe

  • Tiene derecho a recibir un "Presupuesto de Buena Fe" que explique cuánto costará su atención médica. Según la ley, los proveedores de atención médica deben proporcionar a los pacientes que no tienen seguro o que no usan seguro un presupuesto de la factura de artículos y servicios médicos.
  • Tiene derecho a recibir un Presupuesto de Buena Fe por el costo total esperado de cualquier artículo o servicio que no sea de emergencia. Esto incluye costos relacionados como pruebas médicas, medicamentos recetados, equipos y honorarios hospitalarios.
  • Asegúrese de que su proveedor de atención médica le dé un Presupuesto de Buena Fe por escrito al menos 1 día hábil antes de su servicio o artículo médico. También puede solicitarle a su proveedor de atención médica, y a cualquier otro proveedor que elija, un Presupuesto de Buena Fe antes de programar un artículo o servicio.
  • Si recibe una factura que es al menos $400 más que su Presupuesto de Buena Fe, puede disputarla.
  • Asegúrese de guardar una copia o una imagen de su Presupuesto de Buena Fe. Si tiene preguntas o más información sobre su derecho a una estimación de buena fe, visite www.cms.gov/nosurprises o llame al 1-877-696-6775. También puede llamar a nuestro Equipo de Defensa del Paciente al 203-503-3211. Usted tiene derecho a recibir una “estimación de buena fe” que le explique cuánto costará su atención médica. Conforme a la ley, los proveedores de atención médica deben dar a los pacientes que no tienen seguro o que no están usando seguro una estimación de la factura por el uso de insumos y servicios médicos.
  • Usted tiene derecho a recibir una estimación de buena fe para el costo total esperado de cualquier insumo o servicio que no sea de emergencia. Esto incluye costos relacionados tales como pruebas y equipos médicos, medicamentos recetados y honorarios del hospital.
  • Asegúrese de que su proveedor le otorgue una estimación de buena fe por escrito al menos un (1) día antes de recibir su servicio médico o insumos. También puede pedir a su proveedor una estimación de buena fe antes de programar un servicio.
  • Si recibe una factura que es por lo menos $400 superior a lo que indica su estimación de buena fe, puede impugnarla.
  • Asegúrese de guardar una copia o foto de su estimación de buena fe. Si tiene preguntas o necesita más información sobre su derecho a recibir una estimación de buena fe, ingrese a www.cms.gov/nosurprises o llame al 877-696-6775. También puede llamar a nuestros Defensores del Paciente al 203-503-3211.